Materia XIX · 19 de 21

Inmobiliario y Protección Civil

5Puntos de control
0Críticos
1Subtema
5Dictámenes
Fundamentos rectores
Regulación local de uso de suelo, construcción y funcionamiento; Ley General de Protección Civil y leyes estatales de protección civil
Cuándo no aplica
Nunca, si hay establecimientos

Puntos de control

5 puntos en 1 subtema, cada uno con la evidencia documental que lo acredita.

Operación de establecimientos

5 puntos
  1. C-169Criticidad: Alta
    Uso de suelo y licencias de funcionamiento vigentes
    FundamentoReglamentos municipales
    Evidencia requeridaLicencias por establecimiento
  2. C-170Criticidad: Alta
    Programa interno de protección civil y dictámenes
    FundamentoLGPC arts. 39-40; ley estatal de protección civil
    Evidencia requeridaPrograma registrado, simulacros
  3. C-171Criticidad: Alta
    Arrendamientos formalizados, vigentes y con fecha cierta
    FundamentoCódigo Civil de la entidad del inmueble (CCF arts. 2398 y ss. como referencia)
    Evidencia requeridaContratos y pagos bancarizados
  4. C-172Criticidad: Media
    Seguros empresariales vigentes y suficientes
    FundamentoGestión de riesgos; LGPGIR art. 46 (seguro ambiental, grandes generadores)
    Evidencia requeridaPólizas (daños, RC, flotilla)
  5. C-173Criticidad: Media
    Anuncios y permisos especiales (alcohol, salud, etc.)
    FundamentoRegulación local
    Evidencia requeridaPermisos específicos del giro

Dictámenes de esta materia

Obligatorio

Programa Interno de Protección Civil

Cuándo aplica: Inmuebles de empresas a que se refiere el Reglamento de la LGPC y la ley estatal de protección civil. Lo elabora la Unidad Interna de PC; registro, aprobación y dictámenes anexos dependen del estado/municipio.

Quién lo emite
Unidad Interna de Protección Civil, con asesoría opcional de un tercero con registro vigente (LGPC art. 11)
Ante quién
Coordinación estatal/municipal de protección civil
Fundamento
LGPC arts. 39-40; ley estatal de protección civil
Periodicidad
Según la ley estatal
Fuente oficial (se abre en otra pestaña)
Condicional

Dictamen de verificación de instalaciones eléctricas

Cuándo aplica: Conexiones en alta tensión y lugares de concentración pública: el suministrador exige que una unidad aprobada por SENER certifique el cumplimiento de la NOM.

Quién lo emite
Unidad de Verificación/Inspección de Instalaciones Eléctricas (UVIE) aprobada por SENER
Ante quién
SENER
Fundamento
Ley del Sector Eléctrico art. 48 fr. V; NOM-001-SEDE-2012
Periodicidad
Al conectar o ampliar la instalación y según disposición local
Fuente oficial (se abre en otra pestaña)
Condicional

Dictamen de instalación de aprovechamiento de Gas L.P.

Cuándo aplica: Establecimientos con instalaciones fijas de Gas L.P.; normalmente lo piden protección civil o la autoridad local. La autoridad federal vigente no se confirmó en esta revisión.

Quién lo emite
Unidad de verificación/inspección acreditada en NOM-004-SEDG-2004
Ante quién
No confirmada (la NOM la emitió SENER; verificar autoridad vigente)
Fundamento
NOM-004-SEDG-2004
Periodicidad
Según disposición local
Condicional

Constancia de seguridad estructural

Cuándo aplica: Depende del reglamento de construcciones local. Ejemplo en la CDMX: inmuebles Grupo A y Subgrupo B1, que se renuevan cada 5 años o tras un sismo.

Quién lo emite
Corresponsable en Seguridad Estructural / Director Responsable de Obra
Ante quién
Autoridad local de desarrollo urbano/obras (en la CDMX, la alcaldía)
Fundamento
Reglamento de construcciones local (CDMX: arts. 38, 71 y 139)
Periodicidad
Local (CDMX: cada 5 años, tras un sismo o por modificaciones estructurales)
Condicional

Visto bueno de protección civil / bomberos (prevención de incendios)

Cuándo aplica: Establecimientos comerciales o industriales, según el reglamento municipal; con frecuencia es requisito de la licencia de funcionamiento. No tiene fundamento federal.

Quién lo emite
Coordinación municipal de protección civil y/o cuerpo de bomberos
Ante quién
Municipio / alcaldía
Fundamento
Reglamento municipal de protección civil (varía por municipio)
Periodicidad
Según el municipio
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